lunes, 3 de julio de 2023

MODELO DE TERCERÍA COADYUVANTE

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MODELO DE TERCERÍA COADYUVANTE.

 

                                   SE INTERPONE TERCERIA COADYUVANTE

                                   EN RELACION CON EL JUICIO ORDINARIO CIVIL

                                   NUMERO EXP.        DEL JUZGADO DE LO CIVIL.

             C. JUEZ                    DE LO CIVIL

            P R E S E N T E.-

                                   por  mi  propio derecho, señalando como domicilio para oir notificaciones la casa marcada con el número                    de la    de esta ciudad, y autorizando para tales efectos, con excepción de las notificaciones de carácter personal a los CC.

                        , Ante usted respetuosamente comparezco  para exponer:

            Que por medio del presente escrito vengo a interponer en la Vía Ordinaria Civil TERCERIA COADYUVANTE, en relación con el Juicio Ordinario Civil contenido en el expediente número           promovido por el señor                 en contra de                ,con domicilio para oir notificaciones en la               número                        de esta ciudad por lo siguiente:

a).- Se declare improcedente la demanda presentada por el señor               en el mencionado juicio número

b).- Se declare que el mencionado                            carece de derecho y acción para reclamar todas y cada una de las prestaciones a las que se refiere su demanda de fecha de                que dio inicio al mencionado juicio.

c).- En consecuencia de lo anterior se absuelva a la parte demandada, en el juicio mencionado.

d).- Se declare que la parte compradora en el contrato celebrado el día      de        de        , no ha incurrido en mora y por lo tanto tiene derecho a exigir la elevación a escritura pública del mencionado contrato de compraventa.

e).- Se condene a                               a elevar a escritura pública el contrato de fecha                   de        a que se refiere su demanda iniciadora del juicio número

f).- Los gastos y costas que el presente juicio origine.

Fundo la presente Tercería en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S :

1.- Mediante contrato de fecha         de        de        , compró mi esposo                , un terreno o lote marcado con el número            de la manzana número           del                   que tiene una superficie         metros cuadrados inscrito bajo el número                        a folios                        del libro número         de la Sección Primera del Registro Público de la Propiedad. Dicho contrato de compraventa se celebró con la intervención de un corredor de bienes raices                          , persona autorizada para recibir dinero por parte del vendedor quien recibió la cantidad de                               la cantidad de                        , cantidades que el señor                    ,  estaba autorizado para recibir y  posteriormente entregó los recibos correspondientes a mi esposo.

            El precio pactado en total fue de                                                      , no estableciendose plazo NI LUGAR DE PAGO PARA EL SALDO , ya que según se convino por mi esposo y el vendedor el saldo se entregaría al firmar la escritura, es decir  se estableció una condición, un hecho futuro que determinaría el momento en que el pago sería obligatorio, tal y como reza el texto del mencionado recibo de                               , el  cual está firmado por el señor

Resulta que el día de hoy me he dado cuenta de que el mencionado  señor                       interpelo supuestamente a mi esposo para lograr determinar el vencimiento de la obligación a cargo del comprador de pagar el resto del precio, pretendiendo que la obligación pactada era una obligación sin plazo, siendo que la obligación de pago estaba sujeta en su vencimiento a un hecho futuro y cierto que era la firma de la escritura, o sea  la  elevación a escritura pública  contrato  de compraventa mencionado, por lo cual es de estimarse que de  ninguna manera logró su propósito.

Con la interpelación mencionada al no depender de ninguna interpelación el pago del precio, de acuerdo con el tenor literal del mismo recibo, que fué la forma escrita de plasmar el contrato de compraventa, no siendo aplicable en consecuencia el artículo         del Código Civil, sino en todo caso lo dispuesto por el capítulo I del título 2o. de dicho odenamiento, es decir en los artículos           y siguientes.

Me he dado cuenta el día de hoy de que                              , esta demandando la rescisión del contrato de fecha                        de        de        , así como el pago de rentas, daños y perjuicios, gastos y costas y se le ponga en  posesión del inmueble de dicho juicio, demanda que es improcedente en todas sus partes, pues como ya se dijo el contrato celebrado por mi esposo no contenía una obligación sin plazo sino una obligación sujeta a condición suspensiva consistente en el hecho de la firma de la escritura o formalización del contrato de compraventa, o dicho de otro  modo el pago del resto del precio dependía de  una contraprestación pactada en el texto del mencionado recibo que era la de la firma de la escritura.

Además es el caso de que no se estableció en el mencionado contrato UN LUGAR PARA EL PAGO, y el acreedor nunca se presentó en la fecha en que pretende se hubiere vencido el plazo para el pago, en el domicilio del deudor ubicado como dice el propio recibo en la calle                     No.      , por lo cual siendo la obligación pagadera en el domicilio del deudor de acuerdo con lo que dispone el artículo      del Código Civil, el deudor en ninguna manera incurrió en mora sobre el pago de la cantidad pactada, pues el actor en modo alguno hace referencia en la demanda a que se haya constituído, en el domicilio del deudor, para reclamar el pago, en la fecha del vencimiento; y ciertamente en forma alguna se constituyó dicho deudor, en el  mencionado domicilio, pues por el contrario, tengo la certeza de que el acreedor nunca ha acudido al domicilio señalado en el recibo mencionado, a hacer el cobro o requerimiento de pago, del saldo, en la fecha en que supuestamente pretende, se haya vencido el adeudo, despues de los 30 días de haber hecho el requerimiento judicial siendo aplicable por analogía la Tesis de Jurisprudencia número    del apéndice                         y sus correspondientes en los últimos Apéndices al Semanario Judicial de la Federación.

Por todo lo anterior resulta improcedente la demanda de rescisión intentada por              , así como todas las prestaciones que en la misma reclama pues al no haberse incurrido en mora no existe causal de rescisión y si en cambio procede se le condene a cumplir con lo pactado ordenando la preparación y otorgamiento de la escritura pública que corresponda a dicho contrato de compraventa y simultáneamente con la firma de dicho escritura se hará el pago del saldo adeudado.

Tengo interés jurídico para comparecer por medio de la  presente Tercería, ya que como lo compruebo con copia certificada del acta de matrimonio de fecha  de enero de                 , soy esposa de                                              , y estoy casada desde esa fecha por el régimen de Sociedad Conyugal,  por lo cual tengo interés jurídico para comparecer ante ese Tribunal a hacer valer mis derechos en relación con un juicio cuyo resultado afecta el patrimonio de la Sociedad Conyugal, pues se pretende  rescindir un contrato de compraventa que fué la causa jurídica del  ingreso de un bien inmueble al patrimonio social, inmueble que se encuentra dentro del patrimonio de nuestra Sociedad Conyugal, por lo que de conformidad con los artículos   ,           y demás relativos del Código Civil, del bien mencionado comprado por mi esposo soy copropietaria, tengo derechos sobre el mismo y no pueden declararse sin efecto dichos derechos sin darme oportunidad de concurrir a juicio a hacer valer lo que a mi interés convenga, ya que además debe considerarséme Litis consorte Pasivo Necesario, pues resulta evidente mi interés jurídico y la necesidad de llamarme a juicio en cuanto se afectan mis intereses.

P R U E B A S:

Ofrecemos como pruebas de mi parte las siguientes:

a).- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, relativas al Juicio Ordinario Civil, expediente          en relación con el cual se interpone esta Tercería, respecto de las cuales solicito se compulsen copia certificada y se anexen al presente expediente.

b).- LAS DOCUMENTALES PUBLICAS consistentes en:

1.- Copia certificada del recibo de fecha      de        de        por                                         firmado por el señor                                                  .

2.- Copia certificada del recibo de                                        firmado por el señor                                      .

3.- Copia certificada del acta de matrimonio celebrada por la suscrita con el señor                                                           .

4).- LA CONFESIONAL DE

            quien personalmente y de viva y propia voz,  sin asistencia de abogado o asesor, y con los apercibimientos de ley, deberán comparecer a absolver las posiciones que le fórmulo en sobre cerrado que oportunamente exhibiré.

5).- LA TESTIMONIAL a cargo del señor                                      quien tiene su domicilio en la casa marcada con el número                       de la Calle                  de esta ciudad, el cual deberá ser citado en su carácter de testigo hostil.

6.- LA TESTIMONIAL a cargo de un grupo de 3 personas que serán presentadas el día y hora que señale ese tribunal.

7).- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.

D E R E C H O :

En cuanto al fondo son aplicables los artículos                    del Código Civil, y en cuanto al procedimiento son aplicables los artículos                                   demás relativos del Código de Procedimientos Civiles.

Por lo expuesto y fundado a usted C. Juez, atentamente solicito:

PRIMERO.- Se me tenga por presentado con el escrito de cuenta y documentos adjuntos, interponiendo la presente Tercería Coadyuvante, y con las copias que exhibo, se corra  traslado a las partes en el Juicio Ordinario Civil y en relación con el cual se interpone esta Tercería.

SEGUNDO.- Se tenga por ofrecidas las pruebas citadas en el capítulo de ofrecimiento de las mismas.

TERCERO.- Con fundamento en el artículo            del Código de Procedimientos Civiles se juzgue y se dicte sentencia respecto de las cuestiones planteadas en la presente tercería conjuntamente con las que se plantearon en el debate principal.

PROTESTO LO NECESARIO

F E C H A

F I R M A

 

 

 

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