miércoles, 21 de noviembre de 2018

AUTO EN EL QUE SE NIEGA LA ORDEN DE APREHENSIÓN POR NO ENCONTRARSE SATISFECHOS LOS REQUISITOS SOBRE DENUNCIA O QUERELLA DEL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL

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AUTO EN EL QUE SE NIEGA LA ORDEN DE APREHENSIÓN POR NO ENCONTRARSE SATISFECHOS LOS REQUISITOS SOBRE DENUNCIA O QUERELLA DEL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL




           
            Vistas, para resolver dentro del plazo a que alude el artículo ____________ del Código Federal de Procedimientos Penales (o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes al auto de radicación, en el supuesto de delitos graves o delincuencia organizada en los términos de  lo dispuesto por el párrafo sexto del citado artículo) sobre procedencia de la orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público, las actuaciones que integran el expediente número ____________, seguido en contra de el C. ___________________, por el delito de __________ y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y _____________ del Código Federal de Procedimientos Penales, se observa en el caso a estudio no se encuentran satisfechos los requisitos que los citados artículos que exigen para ordenar la aprehensión de _____________________.

              En efecto, si bien es cierto que en las circunstancias procésales aparece la declaración confesaría del imputado, emitida ante el agente Investigador del Ministerio Público (fojas ____), en el sentido de que _________________________________; así como también consta la “parte” de los policías preventivos que realizaron la detención del C. ________________________, es obvio que en la especie no se ha presentado la formal denuncia (o querella), exigida por el artículo 16 constitucional como garantía a favor del indiciado, para que se proceda a expedir la orden de aprehensión  solicitada por la Representación Social.
    
Habida cuenta de lo anterior, es de resolverse y, se,


RESUELVE


PRIMERO. No se procede librar la orden de aprehensión en contra de ______________________, por el delito de _____________, como consecuencia de que en el caso a estudio no están satisfechos los requisitos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente la garantía de formal denuncia (o querella).

SEGUNDO. Notifíquese el contenido de la presente resolución al Ministerio Público y cúmplase.

     Lo resolvió y firma y ciudadano Juez de lo Penal ante el ciudadano Secretario de Acuerdos que autoriza lo actuado. Doy Fe.
                                                                          



___________, __________ a __________ de __________






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FIRMA









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