¿Qué dice la doctrina respecto a la culpa?
En cuanto a la culpa, dice el maestro Eugenio Cuello Calón, que “existe culpa cuando obrando sin intención y sin la diligencia debida se causa un resultado dañoso, previsible y penado”.
De acuerdo con esta definición la existencia de la culpa requiere: una conducta voluntaria pero sin intención decometer un hecho punible (delito) alguno, previsibilidad del resultado ocasionado, omisión de la atención debida, cautelas o precaucionesnecesarias; y por último, relación de causalidad entre la acción ejecutada y el efecto típico producido.
En este sentido, refiere el maestro Miguel Ángel Cortes Ibarra, que “actúa culposamente, quien sin prever el resultado, siendo previsible y evitable, o habiéndolo previsto confiando en que no ocurra, produce un daño típico penal.
De esta noción se desprende como elementos los siguientes:
a).- Conducta(acción u omisión);
b).- Daño típico penal;
c).- Falta de previsión del resultadosiendo previsible; o habiéndose previsto, abrigar la esperanza de que noocurra; y,
d).- Relación de causalidad entre la conducta y el daño causado”.
Finalmente, dice nuestro máximo tribunal que “la esencia de la culpa radicaen obrar sin poner en juego las cautelas y precauciones exigidas por el Estadopara evitar que se cause daño de cualquier especie”.
Por ello, el sujeto que comete un hecho punible culposo, previsto en la ley penal, causa un resultado típicamente antijurídico, sin dolo, se configura aquél y que no previó lo quepudo y debió prever, o cuando habiéndolo previsto, no realiza lo necesario para evitar el acontecimiento dañoso mediante una conducta contraria a la queobservó y dio como resultado una responsabilidad penal.