¿Cuándo opera la inculpabilidad?
La inculpabilidad opera cuando falta alguno de los elementos esenciales de la culpabilidad, ya sea el conocimiento o la voluntad.
Tampoco será culpable una conducta si falta alguno de los otros elementos del delito o de la imputabilidad del sujeto.
Porque si el delito integra un todo, sólo existirá mediante la unión de todos los elementos constitutivos de su esencia.
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