sábado, 21 de octubre de 2017

Delito Común y Delito Especial

Delito Común y Delito Especial

El Delito Común es el sancionado por la Legislación Penal Ordinaria; es decir; la que está en los Códigos aplicables a todos los ciudadanos por igual, sin excepsión de rangos, cargos o funciones, sin fueros ni privilegios". En este sentido dice Cabanellas "los delitos comunes se contraponen a los delitos especiales, que son castigados por otras leyes especiales".


2) La Escuela Clásica mantuvo el criterio legitimante de justicia a través de las “teorías absolutas” de la pena. VERDADERO

3) Las medidas de seguridad se aplican a ciertos “estados” que revelan la peligrosidad del autor. VERDADERO

4) Las legislaturas provinciales pueden tipificar delitos. FALSO

5) La tipificación de contravenciones se encuentra reservada a las provincias. VERDADERO

6) Nadie puede ser penado por un hecho que al tiempo de comisión no era delito. VERDADERO

7) La inmunidad penal implica que ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta su cese, puede ser detenido, excepto el caso de ser sorprendido in fraganti comisión de delito. FALSO

8) La antropología Lombrosiana se dedicó a la búsqueda de caracteres animales en los delincuentes. FALSO

9) Las personas jurídicas pueden ser sujetos activos de la comisión de delitos. FALSO

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