sábado, 21 de octubre de 2017

¿Cuándo se da el desistimiento del partícipe?

¿Cuándo se da el desistimiento del partícipe?

Ya sea que se acepte que la naturaleza jurídica del desistimiento es el de una causa personal de exclusión de la penalidad o bien una causa de atipicidad,debe sostenerse que el autor no se ve beneficiado con el desistimiento del partícipe.

Siguiendo a Wessels, existe desistimiento del partícipe que da lugar a su no castigo, en los siguientes casos:
a) cuando (haciendo inofensiva su contribución al hecho o de otro modo)impide espontáneamente la consumación del hecho en cuya tentativa había participado, o
b) cuando se empeña espontánea y seriamente en impedir la consumación, si el hecho (como por ejemplo, en una tentativa inidónea), no seconsuma sin su intervención o se comete independientemente de su anterior contribución.

No hay comentarios:

Publicar un comentario