¿Cuándo se da el desistimiento del partícipe?
Ya sea que se acepte que la naturaleza jurídica del desistimiento es el de una causa personal de exclusión de la penalidad o bien una causa de atipicidad,debe sostenerse que el autor no se ve beneficiado con el desistimiento del partícipe.
Siguiendo a Wessels, existe desistimiento del partícipe que da lugar a su no castigo, en los siguientes casos:
a) cuando (haciendo inofensiva su contribución al hecho o de otro modo)impide espontáneamente la consumación del hecho en cuya tentativa había participado, o
b) cuando se empeña espontánea y seriamente en impedir la consumación, si el hecho (como por ejemplo, en una tentativa inidónea), no seconsuma sin su intervención o se comete independientemente de su anterior contribución.
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