lunes, 10 de abril de 2017

¿Cuáles son las diferencias entre el estado de necesidad y la legítima defensa?

¿Cuáles son las diferencias entre el estado de necesidad y la legítima defensa? 

En el estado de Necesidad, existe una colisión entre el intereses legítimos, y en la Legítima Defensa, es decir una controversia entre un interés legítimo y otro ilegítimo.

En la Legítima Defensa uno repele la agresión y el otro lo agrede ilegítimamente, por tanto existe una repulsa por parte del agredido., mientras qué en el Estado de Necesidad los dos son intereses ilegítimos.

En el Estado de Necesidad son sujetos inocentes que luchan por salvar el bien puesto en peligro, mientras que en la Legítima Defensa la persona agredida injustamente se considera inocente.

En la Legítima Defensa siempre actúa contra un sujeto, mientras que en el Estado de Necesidad se pueda obrar también sobre un objeto o un animal.

En la Legítima Defensa existe un ánimo defensivo, mientras que en el estado de necesidad encontramos un ánimo de conservación de algo.

La Legítima Defensa siempre se invoca como causa de licitud también o causa de inculpabilidad, por no exigibilidad de otra conducta.

En la Legítima Defensa en determinadas casos es admisible la fuga, y en el estado de necesidad por el contrario es obligada la huida, cuando el peligro es inevitable.

¿Cuál es la analogía entre el estado de necesidad y la legítima defensa?

¿Cuál es la analogía entre el estado de necesidad y la legítima defensa?

La base del Estado de Necesidad y la Legítima Defensa está en un interés preponderante. Si en el Estado de necesidad los bienes en conflicto son desiguales, pereciendo el menor, se está ante una causa de licitud al igual que en la Legítima Defensa.

Tanto en la Legítima Defensa como en el Estado de Necesidad(como causa de licitud) no procede la reparación del daño

¿Cómo se caracteriza?

¿Cómo se caracteriza?

Se caracteriza porque en él se pone en conflicto dos bienes igualmente respetables y uno de ellos, por cierta circunstancia, es sacrificado con el fin de que el otro se salve.

Este aspecto negativo de la Antijuricidad se caracteriza, por la existencia de un conflicto entre bienes tutelados por el derecho, de tal manera, que no existe otra solución más que el sacrificio del bien menor para salvar el de mayor jerarquía.

Ambos jurídicamente tutelados por el derecho, presencia de la imposibilidad de que ambos subsistan.